Descripcion del Video

Este espacio reúne al especialista Miguel Carrillo para exponer detalladamente el tratamiento tributario de los gastos realizados en beneficio del personal dentro del ámbito empresarial peruano. Se abordan los criterios que determinan su deducibilidad, según la Ley del Impuesto a la Renta y disposiciones emitidas por SUNAT. Carrillo explica cómo deben acreditarse dichos gastos, qué documentos sustentan su vinculación con la actividad generadora de renta, y qué límites existen para evitar observaciones fiscales. También se analizan beneficios voluntarios, gastos relacionados con salud, alimentación, bienestar y formación profesional de los trabajadores. Este contenido resulta especialmente útil para contadores, asesores tributarios, gerentes financieros y empresarios que deseen optimizar sus estrategias fiscales sin incurrir en infracciones. El enfoque es práctico, preventivo y alineado con el cumplimiento legal. Una oportunidad para comprender el equilibrio entre responsabilidad laboral y eficiencia tributaria.

¿Que aprenderé?

  • Los participantes conocerán los requisitos y criterios legales que permiten deducir gastos en favor del personal, evitando errores que afecten la declaración tributaria.

Conocimientos Previos

  • Familiaridad con principios básicos de tributación empresarial en Perú y conceptos sobre deducción de gastos en Impuesto a la Renta.

Preguntas y Respuestas frecuentes

Aquellos vinculados directamente a la generación de renta, como alimentación, salud, capacitación, y beneficios autorizados por ley.

Debe estar debidamente sustentado, relacionado con la actividad generadora de renta, y no ser considerado gasto personal del empleador.

Sí, si cumplen los requisitos legales y no exceden límites razonables establecidos por SUNAT.

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