Esta presentación se centró en los efectos de incumplir los plazos establecidos para declarar ante SUNAT y en las herramientas disponibles para mitigar dichas consecuencias. Cuando una persona natural o jurídica no cumplió oportunamente con su obligación tributaria, se configuró una infracción formal tipificada y sancionada con una multa, habitualmente equivalente al 50 % de una UIT.
Sin embargo, no toda declaración tardía tuvo el mismo desenlace. El desarrollo mostró cómo los mecanismos de gradualidad y discrecionalidad ofrecieron a los contribuyentes una vía para reducir o anular la sanción. La gradualidad permitió rebajas significativas en el monto, siempre que se regularizara la obligación voluntariamente, antes de que mediara notificación de SUNAT. Por su parte, la discrecionalidad se ejerció en casos específicos donde se valoró el historial del contribuyente y la naturaleza de la infracción, determinando si era pertinente sancionar o no.
Se analizaron ejemplos reales en los que la sanción fue reducida hasta en un 90 % por cumplir con la subsanación de manera anticipada. También se abordaron errores comunes, como esperar una notificación para actuar, lo que eliminó la posibilidad de acogerse a beneficios normativos.
Este enfoque dejó claro que la tardanza en declarar sí generó efectos, pero también que el sistema contempló respuestas proporcionales, siempre que existiera voluntad de enmendar. El cierre enfatizó la importancia de anticiparse, revisar cronogramas tributarios y actuar con previsión.