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Contrato de mandato vs SUNAT: evita presuncion patrimonial

Yo Soy Mentoria

Fri, 28 Nov 2025

Contrato de mandato vs SUNAT: evita presuncion patrimonial

Cuando la SUNAT detecta que tus depósitos superan tus ingresos declarados, activa la peligrosa figura del incremento patrimonial no justificado. Muchos contribuyentes, para defenderse, presentan un Contrato de Mandato, alegando que el dinero administrado era de un tercero. Pero la reciente Resolución del Tribunal Fiscal Nº 09322-13-2025 refuerza la lección, indicando que la mayoría de estos contratos son declarados inválidos porque están mal hechos.

El error gerente: Contratar consigo mismo

El Tribunal Fiscal determinó que el contrato presentado era ineficaz, no por la operación en sí, sino por un error legal elemental del Código Civil. El artículo 166 prohíbe que el representante legal de una empresa celebre un contrato consigo mismo (actuando como mandatario) a menos que exista una autorización expresa del mandante (el directorio o la junta).

En la resolución, el gerente se había otorgado el mandato a sí mismo, sin autorización, incurriendo en un conflicto de intereses prohibido. La consecuencia es brutal: si el acto es inválido civilmente, no tiene valor como prueba tributaria.

Los 4 pilares de la trazabilidad que SUNAT exige

La experiencia del Tribunal, plasmada en la Resolución Nº 09322-13-2025, revela los cuatro errores más comunes que destrozan la credibilidad del mandato:

  1. Falta de fecha cierta: Si el contrato no tiene firmas legalizadas, la SUNAT presume que fue creado después de la fiscalización para "justificar" el dinero.
  2. Autorización expresa ausente: No basta con ser gerente; debe haber una cláusula que te faculte a contratar contigo mismo, si aplicara.
  3. Trazabilidad rota: No se pudo demostrar que el dinero ingresó primero a la cuenta del mandante (la empresa) y que luego pasó al mandatario para la gestión.
  4. Inconsistencias graves: La defensa intentó dividir montos o agrupar depósitos de forma arbitraria para forzar la coincidencia con los cuadros de rendición, un intento que el Tribunal descartó por falta de fehaciencia.
 

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Blindaje tributario

Para que un contrato de mandato te salve en una fiscalización ten en cuenta lo siguiente:

  • Formaliza: Legaliza las firmas del contrato para darle fecha cierta.
  • Detalla la ruta: Documenta con vouchers y transferencias la ruta del dinero: del mandante al mandatario, y de vuelta al mandante (rendición de cuentas).
  • Sé específico: Define los actos jurídicos específicos a realizar (Art. 1790 del C.C.).

¡No dejes que tu dinero ajeno se convierta en una deuda tributaria! La única defensa es la evidencia objetiva y la rigurosidad legal.

 

Escrito por Grupo Verona