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SUNAT: obliga a validar correo y celular en el RUC este mes

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Thu, 02 Jul 2026

SUNAT: obliga a validar correo y celular en el RUC este mes

La Resolución de Superintendencia N.º 000121-2026/SUNAT, publicada el 30 de junio de 2026 y vigente desde el 1 de julio de 2026, introduce una de las modificaciones más importantes de los últimos años en el RUC, en SUNAT Operaciones en Línea (SOL) y en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

A partir de ahora, todos los contribuyentes deberán proporcionar y validar obligatoriamente su correo electrónico y número de teléfono móvil, sin excepción.

Esta medida busca fortalecer la seguridad de los servicios virtuales, mejorar la comunicación entre la Sunat y los contribuyentes y simplificar trámites clave para personas naturales que inician actividades económicas.


Unificación de la obligación de registrar y validar datos de contacto

Antes de esta modificación, sólo los contribuyentes generadores de rentas de tercera categoría y sus representantes legales estaban obligados a registrar ambos datos.

Con la nueva norma, todos los inscritos en el RUC deberán comunicar y validar:

  • Correo electrónico
  • Número de teléfono móvil

La validación deberá realizarse a través de SUNAT Virtual o SOL, asegurando que la información esté actualizada y que los canales de comunicación funcionen correctamente.


   

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Nuevos formularios virtuales para personas naturales

La resolución aprueba dos herramientas clave:

  • Formulario Virtual N.º 3130-1: “Quiero abrir un negocio”
  • Formulario Virtual N.º 3130-2: “Quiero iniciar actividades como trabajador independiente”

Estos formularios permiten que las personas naturales realicen, en un solo trámite virtual, el cambio de tipo de contribuyente, el inicio de actividades económicas y, de ser necesario, la baja de comprobantes de pago impresos no utilizados. La Sunat integra así procesos que antes debían gestionarse por separado.


Mayor seguridad en la generación de la Clave SOL

La norma también modifica la R.S. N.º 109-2000/SUNAT, estableciendo que antes de generar el código de usuario o la Clave SOL deberá verificarse previamente el correo y el teléfono registrados en el RUC.

Además, se faculta a la Sunat a implementar medidas adicionales de seguridad para garantizar la correcta identificación de los usuarios que acceden a SOL.


Actualización obligatoria para emisores de comprobantes de pago

El artículo 12 del Reglamento de Comprobantes de Pago se adecúa para exigir que todo emisor de comprobantes comunique y mantenga actualizados ambos datos de contacto.

Asimismo, se incorpora la posibilidad de solicitar la baja de comprobantes no entregados mediante los nuevos formularios virtuales.

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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