Aumento de sueldo minimo: primer tramo lo elevaria a S/1.230
Tue, 29 Sep 2026
Contenido estratégico para emprender, crecer y liderar con conocimiento.
La forma de realizar los aportes previsionales al Sistema Privado de Pensiones (SPP) se amplía. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó las reglas de afiliación y aportes para permitir el uso de billeteras digitales, aplicativos digitales, cajeros corresponsales y otros mecanismos de pago.
La medida está contenida en la Resolución SBS N.° 02326-2026, publicada el 23 de setiembre de 2026, que modifica el Título V del Compendio de Normas Reglamentarias del SPP.
Cambio previsto por la Ley 32123
La modificación desarrolla el artículo 16 de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, que establece que los aportes, obligatorios o voluntarios, pueden realizarse mediante aplicativos móviles, billeteras móviles, agentes bancarios u otros mecanismos innovadores, conforme a la regulación correspondiente.
Ahora, los empleadores, trabajadores dependientes e independientes y terceros podrán utilizar estos nuevos canales, siempre que se encuentren habilitados conforme al marco regulatorio.
Leer más: Gastos recreativos cómo sustentarlos de modo fiel ante SUNAT
Leer más: Jubilados en Perú pueden laborar bajo reglas de su régimen
Más controles para proteger los aportes
La digitalización no elimina las obligaciones de seguridad. Las Empresas Administradoras de Fondos (EAF) deberán identificar y gestionar riesgos operacionales, tecnológicos, de seguridad de la información, ciberseguridad y continuidad operativa asociados a estos mecanismos.
También deberán garantizar la conciliación, trazabilidad, reverso, regularización y atención de incidencias, de modo que el aporte pueda ser recibido, validado, transmitido, acreditado y registrado correctamente.
Los convenios con las instituciones intermediarias deberán establecer las condiciones del servicio y los mecanismos para el abono de los recursos recaudados. Además, se incorporan reglas de protección de los datos personales de los afiliados.
¿Qué ocurre con los plazos de pago?
La SBS mantiene el plazo para la declaración y pago de los aportes previsionales de trabajadores dependientes: los cinco primeros días útiles del mes siguiente al devengado. Los pagos efectuados fuera de plazo generan los intereses correspondientes.
La nueva regulación busca facilitar el cumplimiento y ampliar los canales disponibles sin dejar de lado la seguridad y trazabilidad de los fondos previsionales.
Escrito por Grupo Verona
Tue, 29 Sep 2026
Tue, 29 Sep 2026
Tue, 29 Sep 2026
Dejanos tu comentario