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SUNAT: 110 empresas sin capacidad operativa afectan clientes

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Thu, 02 Jul 2026

SUNAT: 110 empresas sin capacidad operativa afectan clientes

La SUNAT intensificó sus acciones contra la emisión de comprobantes de pago vinculados a operaciones no reales. La Administración Tributaria publicó la relación actualizada de 110 Sujetos Sin Capacidad Operativa (SSCO) cuyas resoluciones de atribución quedaron firmes al 31 de mayo de 2026, revelando una situación que podría afectar el crédito fiscal del IGV y la deducción de gastos de miles de empresas en todo el país.

De acuerdo con la información oficial, estas empresas emitieron comprobantes de pago pese a no contar con los recursos económicos, financieros, materiales o humanos necesarios para realizar las operaciones que consignaban en dichos documentos.


Más de 60 mil empresas recibieron comprobantes de estos proveedores

La SUNAT informó que los 110 SSCO emitieron más de 478 mil facturas electrónicas, alrededor de 24 mil notas de crédito y 331 notas de débito, documentos que fueron entregados a más de 60 mil clientes.

El impacto económico es considerable. La Administración estima que el crédito fiscal del IGV que no será reconocido supera los S/ 1,025 millones, debido a que los comprobantes emitidos por estos contribuyentes carecen de efectos tributarios para sustentar crédito fiscal, costo o gasto en el Impuesto a la Renta.

La lista es oficial y está publicada por la propia SUNAT. Puedes consultarla aquí: https://www.sunat.gob.pe/padronesnotificaciones/sujeSinCapacidadOperativa.html?utm_source=chatgpt.com


¿Qué es un Sujeto Sin Capacidad Operativa?

El régimen de Sujetos Sin Capacidad Operativa (SSCO) fue incorporado por el Decreto Legislativo N.° 1532 como una herramienta para combatir la emisión de comprobantes utilizados en esquemas de evasión tributaria.

La SUNAT puede atribuir esta condición cuando, luego del procedimiento correspondiente, determina que un contribuyente no dispone de la infraestructura, personal, activos, recursos financieros u otros elementos necesarios para desarrollar las operaciones que declara realizar.

La sola inscripción en el RUC o la condición de emisor electrónico no acreditan que una empresa tenga capacidad operativa real.


 

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¿Qué ocurre cuando una empresa es declarada SSCO?

Una vez que la resolución queda firme y el contribuyente es incorporado en la relación publicada por la SUNAT, sus comprobantes dejan de generar determinados efectos tributarios.

En consecuencia, las facturas emitidas ya no permiten:

  • Sustentar el crédito fiscal del IGV.
  • Deducir costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta.
  • Emitir notas de crédito o notas de débito con efectos tributarios, salvo las excepciones previstas por la normativa.

No obstante, estos contribuyentes pueden continuar emitiendo boletas de venta electrónicas, las cuales no otorgan derecho al crédito fiscal.

La relación de SSCO permanecerá publicada en el portal institucional de la SUNAT durante cuatro años.


Los clientes aún pueden solicitar una revisión

La publicación de la lista no significa que todos los adquirentes pierdan automáticamente sus derechos tributarios.

La normativa reconoce que los clientes que hayan recibido comprobantes emitidos por un SSCO pueden presentar una solicitud de revisión ante la SUNAT dentro de los 30 días hábiles siguientes a la publicación de la relación.

Esta revisión puede comprender los comprobantes y documentos complementarios emitidos desde el 20 de marzo de 2022 hasta la fecha de publicación de la lista.

Durante este procedimiento, el adquirente tiene la posibilidad de acreditar que las operaciones fueron reales, aportando la documentación que demuestre la efectiva adquisición de bienes o la prestación de servicios.


Sectores más expuestos y recomendaciones

La SUNAT informó que cerca de 40 mil clientes pertenecen al Régimen MYPE Tributario, alrededor de 13 mil al Régimen Especial y aproximadamente 5 mil al Régimen General.

Asimismo, los sectores con mayor número de operaciones corresponden a servicios, comercio, manufactura y construcción, actividades donde resulta frecuente la contratación de múltiples proveedores.

Desde una perspectiva preventiva, esta publicación evidencia la importancia de realizar procesos de debida diligencia tributaria antes de contratar con nuevos proveedores. Verificar el estado del RUC, el domicilio fiscal, la condición de habido, la capacidad operativa y el historial tributario puede reducir significativamente el riesgo de perder el crédito fiscal o enfrentar reparos durante una fiscalización.

La estrategia de la SUNAT busca combatir las operaciones no reales, reducir el uso indebido de comprobantes de pago y fortalecer el control sobre el IGV y el Impuesto a la Renta. Para las empresas, el mensaje es claro: no basta con recibir una factura válida; también es indispensable asegurarse de que el proveedor cuente con una actividad económica real y capacidad para ejecutar las operaciones que factura.

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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