No estar en planilla te quita derechos laborales esenciales
Mon, 29 Sep 2025

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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el procedimiento operativo para el retiro extraordinario de fondos del Sistema Privado de Pensiones (SPP), autorizado por la Ley N.º 32445. Esta norma permite a los afiliados retirar hasta 4 UIT, equivalente a S/ 21,400, de manera facultativa y escalonada.
Fechas clave y proceso de solicitud
Desde el 21 de octubre, los afiliados podrán presentar su solicitud —de forma virtual o presencial— indicando el monto que desean retirar. El plazo máximo para hacerlo será de 90 días calendario desde la entrada en vigencia de la norma.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) serán responsables de informar el cronograma, canales de atención y pasos necesarios para que el proceso se cumpla sin contratiempos.
Tu dinero en cuotas: el cronograma de desembolsos
La Ley N° 32445 establece que el proceso se realizará por etapas, buscando mantener la estabilidad del sistema. Los afiliados tienen un plazo máximo de 90 días calendario, a partir del 21 de octubre, para presentar su solicitud de retiro ante su AFP.
El dinero se entregará en cuatro partes iguales, cada una de 1 UIT (S/ 5,350), según el siguiente cronograma:
Si el afiliado desea cancelar el retiro, podrá hacerlo solo una vez, con un aviso previo de 10 días antes del siguiente desembolso.
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Fondos protegidos y excepciones
Los montos retirados mantienen su condición de intangibles, es decir, no pueden ser embargados ni retenidos, salvo por deudas alimentarias. En estos casos, se permite una retención de hasta el 30 % del monto retirado, según lo dispuesto por la ley.
Este nuevo retiro representa una oportunidad para miles de peruanos de acceder a parte de sus ahorros previsionales en medio de un contexto económico desafiante. Sin embargo, se recomienda evaluar el impacto a largo plazo sobre la pensión futura antes de tomar una decisión.
Escrito por Grupo Verona
Mon, 29 Sep 2025
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Sun, 28 Sep 2025
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