Incremento patrimonial: que es y como lo detecta SUNAT
Tue, 20 Jan 2026
Contenido estratégico para emprender, crecer y liderar con conocimiento.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó la Resolución SBS N.° 00068-2026, mediante la cual establece los montos de las contribuciones que deberán pagar en el año 2026 los intermediarios y auxiliares de seguros, tanto personas naturales como jurídicas, incluidos los inscritos en el extranjero. Esta obligación alcanza a quienes están bajo supervisión de la SBS, excepto a las empresas del sistema financiero, aseguradoras, reaseguradoras y compañías de seguros de vida.
¿Cuánto deberán pagar las personas jurídicas y EIRL?
Para el 2026, los intermediarios y auxiliares de seguros – personas jurídicas y EIRL deberán aportar un monto equivalente al: 0,665% del 1% de los ingresos anuales registrados al 31 de diciembre de 2025, según lo dispuesto en el artículo 374, numeral 4, de la Ley N.° 26702.
Sin embargo, la SBS fijó montos mínimos obligatorios:
Aportes para personas naturales
Para quienes ejercen estas actividades como personas naturales, la contribución anual única para el 2026 será:
Además, los representantes legales de empresas de intermediación o auxiliares deberán pagar un monto equivalente al 10% de la contribución aplicable a una persona natural que ejerce la misma actividad.
Leer más: Suspension 2026: guia para rentas de cuarta categoria
Leer más: Blindaje Tributario 2026 impacto de la nueva UIT de S/ 5,500
Empresas extranjeras inscritas en registros SBS
Las compañías del exterior inscritas en los registros de la SBS deberán pagar:
Cronograma de pago en cuatro cuotas
La SBS estableció el siguiente calendario para el pago de las contribuciones 2026:
En caso de incumplimiento, los aportes generarán intereses calculados sobre la Tasa de Interés Activa Promedio en Moneda Nacional (TAMN) publicada por la SBS.
Con esta resolución, la entidad busca asegurar el financiamiento de la supervisión y reforzar la transparencia en el mercado de seguros y reaseguros.
Escrito por Grupo Verona
Tue, 20 Jan 2026
Tue, 20 Jan 2026
Tue, 20 Jan 2026
Dejanos tu comentario