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Feriado 8 de octubre: doble pago o descanso segun SUNAFIL

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Thu, 02 Oct 2025

Feriado 8 de octubre: doble pago o descanso segun SUNAFIL

El próximo 8 de octubre, fecha en la que conmemoramos el Combate de Angamos, es un feriado nacional y tu descanso es un derecho. Pero, ¿qué pasa si tu empresa te pide laborar ese día? La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) es clara: tu esfuerzo en un feriado debe ser recompensado.

Para sectores con alta demanda como restaurantes, turismo o transporte interprovincial, trabajar en feriado puede significar mayores ingresos. Por ello, si tu empleador requiere de tus servicios, tiene dos opciones legales:

  1. Otorgarte un descanso sustitutorio: Compensar la jornada trabajada con un día libre adicional en una fecha posterior.
  2. Realizar un pago adicional: Remunerarte con una sobretasa del 100% por el trabajo realizado.

¿Cuánto te toca recibir? ¡Aprende a calcularlo!

Si no te dan el descanso compensatorio, debes recibir un pago triple por ese día. Pongamos un ejemplo sencillo que puedes aplicar a tu caso:

Imagina que tu remuneración diaria habitual es de S/ 50.00. Por trabajar el 8 de octubre, te correspondería:

  • S/ 50.00: Por el día feriado (ya incluido en tu sueldo mensual).
  • S/ 50.00: Por el trabajo efectivo que realizaste.
  • S/ 50.00: Por la sobretasa del 100% de tu jornal.

 

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En total, recibirás S/ 100.00 adicionales a tu sueldo regular a fin de mes por laborar ese día. Si tu empresa ignora este derecho, está incurriendo en una infracción muy grave, con multas que ascienden hasta los S/ 281,035.50, dependiendo del tamaño de la compañía y el número de afectados.

Diferencia clave: Feriado vs. día no laborable

Es importante distinguir. En un feriado (como el 8 de octubre), descansas y recibes tu pago habitual. Si trabajas, exige tu triple remuneración o descanso. En un día no laborable (como el 26 de diciembre para el sector público), no asistes a trabajar, pero debes compensar esas horas en otra fecha.

Recuerda los feriados que quedan en 2025: 1 de noviembre, 8 y 9 de diciembre, y Navidad (25 de diciembre). ¡Conoce tus derechos y asegura tu pago justo! La SUNAFIL vela por que cada peruano reciba lo que le corresponde por ley.

 

Escrito por Grupo Verona

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