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SUNAFIL: ¿Multa o flexibilidad ante entrega tardia de datos?

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Mon, 20 Oct 2025

SUNAFIL: ¿Multa o flexibilidad ante entrega tardia de datos?

En los procesos de fiscalización laboral en Perú, entregar información fuera del plazo a SUNAFIL ya no implica una sanción automática. Esta importante novedad surge del reciente pronunciamiento del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL), que busca incentivar la cooperación y priorizar la buena fe en las inspecciones laborales.

¿Por qué este cambio en la postura sancionadora? Todo parte de un caso emblemático donde una empresa, fiscalizada por temas de seguridad y salud en el trabajo, presentó sus documentos fuera del plazo legal. Inicialmente, SUNAFIL impuso una multa calificada como infracción “muy grave”, bajo la idea de que el retraso equivalía a una negativa de colaboración. Sin embargo, pese a la demora, el inspector pudo concluir satisfactoriamente su labor y no encontró incumplimientos.

Criterios clave del Tribunal

Ante esta situación, el TFL decidió revocar la sanción, estableciendo criterios claros para evaluar casos similares en el futuro:

  • Si el retraso en la entrega fue razonable y justificado
  • Si la empresa mostró una actitud cooperativa y proactiva
  • Si la información proporcionada fue útil para la fiscalización
  • Si la labor inspectiva no se vio interrumpida ni afectada
  • Y si no existieron incumplimientos laborales detectados

 

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SUNAFIL prioriza el principio de buena fe

Este enfoque busca evitar la aplicación excesiva de multas y sanciones, promoviendo un ambiente donde las empresas puedan cumplir sin temor a penalizaciones por demoras justificadas. La norma enfatiza la importancia de valorar la buena fe y la colaboración en los procesos de inspección.

Para trabajadores y empleadores, esta resolución representa un paso hacia un sistema más equilibrado y justo, donde se premia la cooperación y se evita la imposición automática de multas por simples retrasos en la entrega de información a SUNAFIL.

 

Escrito por Grupo Verona

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