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Horas extras y gratificaciones truncas: ¿como se calculan?

Yo Soy Mentoria

Tue, 23 Jun 2026

Horas extras y gratificaciones truncas: ¿como se calculan?

La gratificación por Fiestas Patrias es uno de los beneficios laborales más esperados por los trabajadores peruanos. Sin embargo, cada año surgen las mismas dudas: ¿las horas extras aumentan la gratificación? ¿Qué ocurre si el trabajador renuncia antes de julio? ¿Existe el derecho a una gratificación trunca?

Conocer las reglas aplicables puede marcar una diferencia importante en el monto que recibe el trabajador y ayudar a las empresas a evitar contingencias laborales durante la temporada de pago de gratificaciones.


¿Las horas extra influyen en la gratificación?

Sí, pero solo si se abonaron en tres o más meses entre enero y junio. En ese caso, se realiza un promedio dividiendo el total por seis y se suma a la remuneración básica, e incluso a la asignación familiar, si corresponde.

Si las horas extra se pagaron solo en uno o dos meses, no ingresan al cálculo. La ley prioriza la frecuencia sobre el monto, para evitar distorsiones o pagos injustos.


 

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Ejemplo práctico: Si un trabajador gana S/1,500 y recibió horas extra por S/200, S/400 y S/500, se suman S/1,100, se divide entre seis (S/183.33), y ese monto se añade a su gratificación, que pasaría a ser S/1,683.33, sin incluir la bonificación extraordinaria del 9 %.


Gratificación Trunca

La gratificación trunca es el beneficio que corresponde a los trabajadores cuyo vínculo laboral concluye antes de la fecha de pago de la gratificación.

Es decir, aunque el trabajador haya renunciado, haya sido despedido o su contrato haya vencido antes de julio o diciembre, puede tener derecho a percibir una parte proporcional de la gratificación generada.


¿Quiénes tienen derecho a la gratificación trunca?

Tienen derecho a este beneficio los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada que:

  • Cesen antes del pago de la gratificación.
  • Hayan laborado al menos un mes calendario completo dentro del semestre correspondiente.

Por ejemplo, si ingresaste el 1 de enero y renunciaste el 27 de junio, te corresponden cinco meses de gratificación. El monto se abona junto con la liquidación, CTS y vacaciones truncas, dentro de las 48 horas del cese.

De acuerdo con la SUNAFIL, el objetivo es reconocer el esfuerzo adicional del trabajador de forma equitativa y evitar conflictos en la gestión de beneficios laborales.

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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