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Sunat: nuevas reglas para hidrocarburos desde febrero 2027

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Tue, 01 Sep 2026

Sunat: nuevas reglas para hidrocarburos desde febrero 2027

La SUNAT otorgó un plazo adicional a los usuarios de hidrocarburos para adecuarse a las nuevas obligaciones de registro y presentación de información sobre insumos químicos fiscalizados.

La medida fue establecida mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000170-2026/SUNAT, publicada el 30 de agosto de 2026, que modifica la aplicación de la Resolución N.° 000135-2026/SUNAT.


¿Desde cuándo se aplicarán las nuevas reglas?

La Resolución N.° 000135-2026/SUNAT entra en vigencia el 1 de septiembre de 2026. Sin embargo, para los usuarios de hidrocarburos, sus disposiciones se aplicarán desde el 1 de febrero de 2027.

En cambio, para los usuarios de mercurio, cianuro de sodio y cianuro de potasio, la aplicación se mantiene desde el 1 de septiembre de 2026.


     

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¿Qué obligaciones comprende?

La normativa regula, entre otros aspectos, el registro del inventario inicial, el registro diario de operaciones y la presentación consolidada mensual de dicha información, además de la comunicación de determinadas incidencias relacionadas con los insumos químicos.

En el caso de los usuarios de hidrocarburos inscritos antes de la aplicación de estas disposiciones, el inventario inicial deberá considerar el stock existente al inicio de su periodo anual autorizado corriente, además de las compras e importaciones efectuadas desde el primer día de dicho periodo hasta el 31 de enero de 2027.

Asimismo, para los usuarios de hidrocarburos incorporados automáticamente al Registro, el primer mes a declarar será febrero de 2027, comprendiendo las operaciones realizadas durante todo ese mes.


¿Por qué se postergó?

SUNAT señala que la medida busca facilitar la adecuación y el cumplimiento de estas obligaciones por parte de los usuarios de hidrocarburos, considerando las características y volumen de sus operaciones.

Por tanto, la postergación no elimina las nuevas obligaciones: amplía el plazo antes de que sean aplicables a los usuarios de hidrocarburos.

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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