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SUNAT cambia reglas para traslado de bienes y guias en 2026

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Wed, 03 Jun 2026

SUNAT cambia reglas para traslado de bienes y guias en 2026

La SUNAT mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000108-2026/SUNAT, publicada el 31 de mayo de 2026 y vigente desde el 1 de junio de 2026 introdujo importantes modificaciones a la normativa relacionada con el traslado de bienes, las Guías de Remisión Electrónicas (GRE) y los sistemas de emisión electrónica utilizados por contribuyentes y operadores de comercio exterior.


La medida impacta directamente a importadores, exportadores, agencias de aduana, operadores logísticos, transportistas y empresas que participan en la cadena de suministro nacional e internacional.


¿Por qué SUNAT realizó estos cambios?


De acuerdo con la propia administración tributaria, el objetivo principal es facilitar la emisión de la Guía de Remisión Electrónica – Remitente, reducir costos operativos, agilizar la salida de mercancías desde los terminales portuarios y fortalecer la trazabilidad de los bienes transportados.


La norma también busca adecuar las exigencias tributarias a la realidad operativa del comercio exterior, un sector donde los retrasos documentarios pueden generar sobrecostos importantes para las empresas.


Principales cambios que deben conocer las empresas

Uno de los aspectos más relevantes es la modificación del Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT.


Entre las novedades destaca la incorporación de la definición de “contenedores en bloque”, así como nuevas precisiones sobre la emisión de la Guía de Remisión – Remitente por parte de las agencias de aduana.


Asimismo, se establecen reglas específicas para el traslado de mercancía extranjera y nuevos supuestos exceptuados de sustentar el traslado mediante guía de remisión en determinadas operaciones vinculadas a las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED) y a la ZOFRATACNA.


   

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Más información obligatoria en la GRE


A partir de estas modificaciones, se incorporan nuevos datos obligatorios vinculados a la denominada “Cita u Orden de Entrega de Mercancías del Terminal Portuario”, documento utilizado frecuentemente en operaciones de importación y retiro de carga.


También se añaden precisiones respecto a la identificación de contenedores, precintos de seguridad, bultos, pallets y otros elementos logísticos que forman parte del transporte internacional de mercancías.


Nuevas reglas para cambios durante el traslado


La Resolución también incorpora mecanismos para emitir una GRE por evento cuando existan modificaciones posteriores a la emisión original.


Por ejemplo, cuando cambie la cita de entrega asignada por el terminal portuario o cuando se produzca un cambio de conductor durante el traslado de los bienes.


Con ello, SUNAT busca que la documentación electrónica refleje con mayor exactitud lo que realmente ocurre durante la operación logística.


Un paso más hacia la fiscalización digital


Desde una perspectiva tributaria y aduanera, esta resolución forma parte del proceso de digitalización y fortalecimiento de los mecanismos de control electrónico impulsados por SUNAT durante los últimos años.


La trazabilidad de mercancías, la interoperabilidad de la información y la automatización de procesos se han convertido en herramientas cada vez más importantes para combatir la informalidad, reducir riesgos operativos y mejorar la eficiencia del comercio exterior peruano.


Las empresas que realizan operaciones de importación, exportación y transporte de mercancías deberán revisar sus procedimientos internos y sistemas informáticos para adecuarse a estas nuevas exigencias y evitar contingencias tributarias relacionadas con la emisión de la Guía de Remisión Electrónica.

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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