Rentas de primera categoria guia clave si alquilas propiedad
Fri, 17 Oct 2025

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Julio no solo marca el mes de la independencia del Perú, también es sinónimo de gratificación para millones de trabajadores del sector privado. Este beneficio económico, contemplado en la Ley N.º 27735 y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 005-2002-TR, debe abonarse este 2025 como fecha límite el martes 15 de julio. Pero, ¿qué pasa si esa gratificación no llega íntegra a tu cuenta?
¿Puede haber descuentos? Sí, pero la norma es clara: solo en casos muy específicos. Estos son los escenarios en los que se puede descontar total o parcialmente tu gratificación:
Si existe una orden firme, como en el caso de pensiones alimentarias o deudas tributarias con SUNAT, el empleador está legalmente obligado a efectuar el descuento.
Solo si has autorizado por escrito el cobro de una deuda (por ejemplo, con una entidad financiera).
En este caso, la retención puede llegar hasta el 60% de tus ingresos mensuales, incluyendo la gratificación.
Además, a la gratificación se le suma un bono extraordinario del 9% sobre la remuneración, equivalente al aporte a EsSalud. Si estás afiliado a una EPS, el bono será del 6,75%.
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¿Quiénes tienen derecho a este beneficio?
No están contemplados los trabajadores independientes, informales ni quienes tienen pactada una remuneración anual integral.
¿Qué es la gratificación? Es un ingreso adicional que se paga dos veces al año (julio y diciembre) para reconocer el esfuerzo del trabajador formal, estimular el consumo interno y dinamizar la economía en momentos clave del calendario nacional.
Escrito por Grupo Verona
Fri, 17 Oct 2025
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