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Venta de inmuebles: 10 reglas SUNAT del Impuesto a la Renta

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Tue, 02 Jun 2026

Venta de inmuebles: 10 reglas SUNAT del Impuesto a la Renta

Si eres una persona natural que vende un inmueble actualmente (2026), la regla general sigue siendo similar a la de años anteriores, pero no siempre deberá pagar el 5% de Impuesto a la Renta. Este impuesto aplica en casos específicos y entender sus reglas te evitará problemas con SUNAT y sanciones.


Estas son las 10 reglas esenciales que todo vendedor de inmuebles debe conocer:

  1. Inmuebles sujetos al IR:


Afecta a propiedades compradas para revender, construidas para venta, o adquiridas y vendidas desde el 2004, excepto la casa habitación del contribuyente.

  1. Venta de la casa habitación:


Si habitaste la vivienda por al menos dos años antes de la venta, esta no paga IR.

  1. Modalidades gravadas:


El impuesto aplica a ventas, donaciones, anticipos de herencia o cualquier transferencia del inmueble.

  1. Costo computable:


Para calcular el impuesto, debes actualizar el valor de adquisición con el índice de corrección monetaria que publica mensualmente el MEF.

  1. Ganancia gravada:


La ganancia es la diferencia entre el precio de venta y el costo actualizado. Por ejemplo, vendes en S/500,000 y el costo actualizado es S/300,000, la ganancia gravada es S/200,000.

  1. Tasa del impuesto:

Por la venta de hasta dos inmuebles al año se paga el 5%. A partir del tercero, te consideras contribuyente habitual y pagarás el 29.5%.


 

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  1. Declaración y pago:

El IR se declara y paga usando el Formulario Virtual 1665, cuyo comprobante debe presentarse ante el notario para la escritura.


  1. Venta de casa habitación no gravada:

El vendedor debe entregar una comunicación al notario declarando que no está obligado al pago del impuesto.


  1. Obligaciones municipales:

El comprador debe declarar la compra a la municipalidad antes del último día hábil del mes siguiente, y pagará impuesto predial desde el siguiente año. El vendedor no debe comunicar la baja del inmueble.


  1. Formulario de pago:

El impuesto a la renta por transferencia de inmuebles se declara y paga en el Formulario Virtual 1665 – Rentas de Segunda Categoría. El comprobante de pago debe llevarse al notario para que lo inserte en la escritura pública correspondiente, bajo responsabilidad.


Ejemplo práctico: Supongamos que una persona compró un departamento en 2018 por S/ 300,000 y lo vende en 2026 por S/ 450,000.

  • Precio de venta: S/ 450,000
  • Costo computable: S/ 300,000
  • Ganancia: S/ 150,000


Si no califica como casa habitación, el impuesto sería:

  • IR = 5% de S/ 150,000
  • Impuesto a pagar: S/ 7,500


Importante

En la práctica, antes de firmar la escritura pública, el notario suele exigir la acreditación del pago del impuesto o la documentación que demuestre que la operación está exonerada o inafecta.

Por ello, para determinar si una venta realizada hoy está gravada o no, es necesario revisar:

  1. Fecha de adquisición del inmueble
  2. Si constituye casa habitación.
  3. Forma de adquisición (compra, herencia, donación, etc.).
  4. Valor de adquisición y valor de venta
  5. Si el vendedor realiza ventas de inmuebles de manera habitual.

Conocer estas reglas te ayudará a cumplir correctamente con tus obligaciones tributarias y evitar sanciones. ¡Mantente informado y protege tu patrimonio!

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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