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Trabajadores de microempresa tienen derecho a pension legal

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Thu, 02 Oct 2025

Trabajadores de microempresa tienen derecho a pension legal

La seguridad social en el Perú no distingue el tamaño de la empresa. Según la reciente Resolución N.º 025-2024-SUNAFIL/TFL, el Tribunal de Fiscalización Laboral ha establecido como precedente administrativo obligatorio que las microempresas también están comprometidas a afiliar a sus trabajadores al Sistema de Pensiones, sea este público (ONP) o privado (AFP).

¿Qué determinó SUNAFIL?

La resolución fue emitida tras evaluar la defensa de una empresa que alegaba que, según el artículo 65 del Decreto Supremo N.º 013-2013-PRODUCE, solo las pequeñas empresas estaban obligadas a realizar esta afiliación. Sin embargo, el Tribunal desestimó dicho argumento y recordó que:

La seguridad social es un derecho constitucional y universal

  • Todos los trabajadores, independientemente de la modalidad contractual o del tamaño de la empresa, deben contar con protección previsional
  • Ninguna empresa puede dejar de afiliar por interpretación restringida de la norma

Este pronunciamiento blinda el derecho de los trabajadores de microempresas a acceder a una pensión futura, prestaciones por invalidez o sobrevivencia, y otras garantías del sistema previsional peruano.

 

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Implicancias para microempresas

Si eres microempresario formalizado en el RUC y tienes personal en tu planilla, debes:

  1. Registrar a tus empleados en el Sistema de Seguridad Social elegido por ellos
  2. Incluir los descuentos previsionales en las boletas de pago
  3. Declarar los aportes respectivos en PLAME y PDT dentro de los plazos establecidos

Ignorar esta obligación puede generar fiscalizaciones SUNAFIL, multas laborales, o reclamos por omisión de beneficios sociales.

 

Escrito por Grupo Verona

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