SUNAT pone la lupa a ingresos de KICK y redes sociales
Thu, 02 Oct 2025

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La seguridad social en el Perú no distingue el tamaño de la empresa. Según la reciente Resolución N.º 025-2024-SUNAFIL/TFL, el Tribunal de Fiscalización Laboral ha establecido como precedente administrativo obligatorio que las microempresas también están comprometidas a afiliar a sus trabajadores al Sistema de Pensiones, sea este público (ONP) o privado (AFP).
¿Qué determinó SUNAFIL?
La resolución fue emitida tras evaluar la defensa de una empresa que alegaba que, según el artículo 65 del Decreto Supremo N.º 013-2013-PRODUCE, solo las pequeñas empresas estaban obligadas a realizar esta afiliación. Sin embargo, el Tribunal desestimó dicho argumento y recordó que:
La seguridad social es un derecho constitucional y universal
Este pronunciamiento blinda el derecho de los trabajadores de microempresas a acceder a una pensión futura, prestaciones por invalidez o sobrevivencia, y otras garantías del sistema previsional peruano.
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Implicancias para microempresas
Si eres microempresario formalizado en el RUC y tienes personal en tu planilla, debes:
Ignorar esta obligación puede generar fiscalizaciones SUNAFIL, multas laborales, o reclamos por omisión de beneficios sociales.
Escrito por Grupo Verona
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