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Desde el período tributario junio de 2026, miles de empresas han ingresado de manera obligatoria al Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE). Sin embargo, existe un requisito previo que numerosos contribuyentes y contadores podrían pasar por alto: el cierre formal de los registros electrónicos llevados mediante el SLE-PLE o el SLE-Portal.
Aunque se trata de
un procedimiento técnico, omitirlo puede impedir la generación de los nuevos
registros electrónicos e incluso exponer al contribuyente a contingencias
tributarias y sanciones.
¿Quiénes están
obligados a utilizar el SIRE desde junio de 2026?
La incorporación
obligatoria alcanza a los contribuyentes que cumplan simultáneamente las
siguientes condiciones:
●
Haber sido designados como
Principales Contribuyentes (PRICOS) al 31 de diciembre de 2024
●
Haber obtenido ingresos netos
superiores a 2,300 UIT.
●
Haber llevado previamente el
Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras mediante el SLE-PLE o el
SLE-Portal.
Para estos
contribuyentes, el uso del Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y
del Registro de Compras Electrónico (RCE) a través del SIRE es obligatorio
desde junio de 2026.
Requisito que no
debes olvidar: cerrar los registros anteriores
La obligación de
realizar el cierre de los registros electrónicos se encuentra prevista en la
Resolución de Superintendencia N.° 000112-2021/SUNAT, modificada por la
Resolución de Superintendencia N.° 000040-2022/SUNAT.
La norma establece
que cuando un contribuyente pasa a generar sus registros mediante el SIRE, debe
cerrar previamente los registros llevados en el sistema anterior.
En la práctica,
esto significa que:
●
El período mayo de 2026 será el
último que se presentará mediante el SLE-PLE o SLE-Portal.
●
Al enviar dicho período, deberá
comunicarse expresamente el cierre de los registros electrónicos.
●
El cierre debe realizarse tanto
para el Registro de Ventas como para el Registro de Compras.
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¿Qué ocurre si
no se realiza el cierre?
El incumplimiento
puede generar consecuencias operativas y tributarias.
Entre ellas:
●
Imposibilidad de generar o
presentar correctamente el RVIE y el RCE mediante el SIRE.
●
Observaciones durante procesos de
verificación o fiscalización.
●
Posibles sanciones por
incumplimiento de obligaciones vinculadas al llevado de libros y registros
electrónicos.
Por ello, no basta
con empezar a utilizar el SIRE; también es necesario culminar correctamente el
sistema anterior.
¿Cómo se realiza
el cierre en el SLE-PLE?
Los registros
electrónicos llevados mediante el SLE-PLE contienen una estructura específica
en la nomenclatura de sus archivos TXT.
En el caso del
Registro de Compras y del Registro de Ventas, la normativa establece un
indicador especial de cierre dentro del nombre del archivo.
Para declarar el
cierre:
●
Debe modificarse el indicador
correspondiente en la nomenclatura del archivo electrónico.
●
En la posición establecida para el
indicador de cierre se consigna el número "2", reemplazando el
indicador ordinario utilizado en los períodos anteriores.
●
El archivo deberá ser validado y
enviado mediante el Programa de Libros Electrónicos (PLE).
Cambio que exige
planificación
La migración al
SIRE representa uno de los cambios más importantes en materia de libros
electrónicos impulsados por la SUNAT. Sin embargo, el proceso no concluye
simplemente con empezar a utilizar el nuevo sistema.
Las empresas deben
asegurarse de cerrar correctamente sus registros anteriores, revisar la
estructura de los archivos electrónicos y validar que el cambio se realice
conforme a la normativa vigente. Una adecuada transición evitará observaciones
futuras y permitirá aprovechar correctamente las funcionalidades del nuevo
sistema electrónico implementado por la Administración Tributaria.
Escrito por
Grupo Verona
Thu, 25 Jun 2026
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