Pagos para practicantes en Peru: que recibir al terminar
Fri, 06 Mar 2026
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El 31 de diciembre de 2025, la SUNAT publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N.º 000392-2025/SUNAT, norma que modifica el cronograma de incorporación al Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para los Principales Contribuyentes (PRICOS) con mayores niveles de ingresos. La medida, que entró en vigencia el 1 de enero de 2026, introduce ajustes relevantes para la planificación tributaria de las empresas obligadas a llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras (RCE).
¿A quiénes alcanza esta postergación?
La resolución establece que deberán iniciar el llevado del RVIE y RCE mediante el SIRE a partir del período junio 2026 los contribuyentes que cumplan simultáneamente con estas condiciones:
Este grupo, por su volumen de operaciones, forma parte del segmento empresarial con mayor obligación de digitalización tributaria.
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Excepción: contribuyentes sin declaración anual presentada
La resolución introduce un criterio especial:
Este punto incentiva la presentación oportuna de la declaración anual para evitar obligaciones anticipadas.
¿Qué ocurre con quienes no están en el Anexo 7 del SIRE?
Los contribuyentes no incluidos en el Anexo 7 de la Resolución 000112-2021/SUNAT continuarán llevando sus registros mediante:
Esto garantiza una transición gradual y ordenada hacia el sistema integrado.
¿Por qué es relevante esta postergación?
El SIRE implica una transformación digital que exige:
El nuevo plazo hasta junio 2026 permite a los PRICOS implementar estos cambios sin afectar su operatividad ni exponerse a contingencias tributarias.
Listado de PRICOS: https://www.sunat.gob.pe/padronesnotificaciones/pricos/principalesContrib-PRICOS.xlsx
Escrito por Grupo Verona
Fri, 06 Mar 2026
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