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Plazo de SUNAFIL para registros de accidentes y enfermedades

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Fri, 16 Oct 2026

Plazo de SUNAFIL para registros de accidentes y enfermedades

Hay documentos que las empresas archivan durante tres años y dan por cerrado el tema. La SUNAFIL tiene una respuesta para ellas: el pasado laboral no prescribe tan rápido como crees.

El intendente regional de SUNAFIL en Junín, Fidel Wilfredo Tito Vílchez, recordó que las empresas deben conservar los registros de accidentes de trabajo durante 10 años posteriores al suceso, y los de enfermedades ocupacionales durante 20 años, conforme a la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo. La obligación también alcanza a las empresas de transporte de carga y mercancías, cuyos registros pueden ser requeridos en cualquier inspección laboral.


Plazos que marca la ley

De acuerdo al artículo 35° del Decreto Supremo N.° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, los empleadores deben conservar:

  • Accidentes de trabajo e incidentes peligrosos: 10 años posteriores al suceso
  • Enfermedades ocupacionales: 20 años
  • Otros registros, incluidos los de capacitaciones: 5 años posteriores al suceso

La norma admite que los documentos se guarden en medios físicos o digitales, siempre que se garantice su disponibilidad cuando la autoridad los requiera. Digitalizar no es opcional si el archivo no se puede recuperar: la conservación solo cuenta si el registro es accesible.

   


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Por qué SUNAFIL los pide en una inspección

Estos registros no son papeles muertos: permiten verificar qué hizo el empleador después del accidente y si las medidas correctivas implementadas realmente evitaron que la situación se repitiera. Durante una inspección, los inspectores pueden solicitar información sobre los accidentes registrados y evaluar las acciones adoptadas para reducir los riesgos laborales. Una empresa que registra, corrige y documenta está protegida; una que no registra queda expuesta a la presunción de omisión.

La entidad recordó un punto que suele pasarse por alto: cuando la Inspección del Trabajo solicita información de períodos anteriores a los últimos 12 meses, debe otorgarse al empleador un plazo razonable para presentar la documentación. La regla existe precisamente porque la norma exige conservar registros históricos: pedir algo de hace años implica reconocer que recuperarlo toma tiempo.


El foco en el transporte de carga

SUNAFIL destacó la importancia de las medidas de prevención en el transporte de carga y mercancías, especialmente el mantenimiento de vehículos y las condiciones ergonómicas de los trabajadores. Son actividades donde los riesgos se concentran y donde la documentación suele ser más escasa.

Más allá de los plazos, la enseñanza es operativa: si hoy ocurriera un accidente en tu empresa, ¿podrías demostrar mañana qué medidas preventivas aplicaste? Quien documenta su prevención duerme mejor; quien no, descubrirá el costo de la omisión en la próxima inspección.

 


Escrito por Grupo Verona

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