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Ley de Arrendamiento justo propietarios pagan solo si cobran

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Mon, 20 Oct 2025

Ley de Arrendamiento justo propietarios pagan solo si cobran

El fin del calvario fiscal ha llegado para miles de propietarios peruanos. El Gobierno ha promulgado la Ley de Arrendamiento Justo (Ley N.º 32430), una reforma histórica que cambia por completo las reglas del juego para el Impuesto a la Renta de Primera Categoría. A partir de 2026, ya no tendrás que pagar impuestos por alquileres que nunca recibiste.

Este cambio representa un alivio para miles de arrendadores que, hasta ahora, enfrentaban cargos tributarios por ingresos que nunca llegaron a sus cuentas. A partir de la reforma, las rentas de primera categoría se imputarán únicamente al ejercicio gravable en que se perciban, lo que marca un nuevo estándar de justicia fiscal.

Pero atención: quienes tengan omisiones bajo el régimen anterior deben regularizar su situación antes de finalizar 2025, ya que SUNAT mantiene activa su fiscalización sobre los períodos no prescritos. Evitar multas e intereses depende de actuar a tiempo.

La ley aplica exclusivamente a personas naturales. Las empresas y personas jurídicas seguirán tributando bajo el principio del devengo, para mantener la coherencia en la recaudación corporativa.

 

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El futuro de Airbnb y los alquileres turísticos

La ley de arrendamiento no es el único cambio en el horizonte. El Congreso también está cerca de aprobar un proyecto que busca formalizar los alquileres turísticos a través de plataformas como Airbnb. La medida creará un Registro Digital del Arrendamiento Turístico (REDAT), obligando a los propietarios a inscribirse.

Esta regulación busca un equilibrio entre la formalización y la promoción. Aunque se aplicarán multas por incumplimiento, el objetivo es ordenar un mercado que crece a pasos agigantados, beneficiando a la vez a los propietarios y garantizando la seguridad de los huéspedes.

La norma contempla sanciones escalonadas de hasta 7 UIT, diferenciadas para personas naturales y pequeñas empresas. Además, establece medidas para prevenir la explotación sexual de menores y elimina el uso de carteles con denominaciones similares a hoteles.

Este nuevo régimen aplicará a contratos de hasta 90 días, operando fuera de las reglas de zonificación hotelera. El Estado podrá promover los inmuebles registrados, mientras se mantiene el debate sobre el impacto en el sector turístico tradicional.

 

Escrito por Grupo Verona

 

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