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Corte Suprema limita reclamo de horas extras sin asistencia

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Mon, 25 May 2026

Corte Suprema limita reclamo de horas extras sin asistencia

La Corte Suprema ha establecido un criterio determinante para los procesos de pago de horas extras cuando el empleador no conserva o no exhibe adecuadamente los registros de asistencia. En la Casación Laboral N.° 5188-2023 La Libertad, la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria precisó que la ausencia de control de asistencia no habilita al trabajador a reclamar horas extras por toda la duración del vínculo laboral. El reconocimiento judicial solo puede extenderse a los cinco años previos al cese.


Origen del conflicto

El caso analizado surgió cuando un trabajador demandó el pago de horas extras acumuladas durante un largo período, argumentando que la empresa no presentó los registros de asistencia. La discusión jurídica se centró en determinar si la falta de documentación permitía presumir el trabajo en sobretiempo de manera ilimitada o si existía un marco temporal aplicable.

En primera instancia, el juzgado rechazó el pago de horas extras. La sala superior, en cambio, ordenó su reconocimiento al considerar insuficiente la documentación presentada por la empresa. Frente a ello, la empleadora interpuso recurso de casación alegando una interpretación incorrecta del Decreto Legislativo 1310, que regula la conservación de documentos laborales.


Análisis de la Corte Suprema

La Corte recordó que el empleador tiene la obligación de conservar y exhibir los documentos vinculados al control de asistencia y al registro de horas extras. Sin embargo, esta obligación no es indefinida. El artículo 3.4 del Decreto Legislativo 1310 establece que la documentación laboral relacionada con obligaciones económicas debe conservarse por un máximo de cinco años.


   

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El Tribunal también señaló que, si el empleador no exhibe los registros, puede generarse una presunción favorable al trabajador respecto a la realización de horas extras. No obstante, esta presunción no puede proyectarse más allá del límite legal de conservación documental.

Aceptar lo contrario implicaría imponer al empleador una carga perpetua, incompatible con la normativa vigente.


Aplicación al caso concreto

El trabajador cesó el 13 de diciembre de 2018. Por ello, la Corte determinó que solo podían reconocerse horas extras dentro del período comprendido entre el 13 de diciembre de 2013 y el 13 de diciembre de 2018. En consecuencia, declaró fundado el recurso de casación y reformó la sentencia de la sala superior.


Relevancia del pronunciamiento

Este criterio reafirma que las reglas probatorias sobre horas extras deben interpretarse junto con las normas de conservación documental. La falta de registros puede favorecer al trabajador, pero únicamente dentro del marco temporal previsto por ley.

 


Escrito por Grupo Verona


 
 

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